De aprobarse el proyecto, los beneficiarios del ISSSTE ya no tendrán que elegir entre conservar su empleo o recibir la pensión de su pareja fallecida
Ciudad de México.– En un movimiento decisivo para la protección de los derechos de seguridad social, un ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) presentará un proyecto para expulsar definitivamente del orden jurídico nacional una norma del ISSSTE. Dicha regla impide que viudas, viudos o concubinos reciban una pensión si continúan laborando bajo el mismo régimen de seguridad social.
El proyecto, elaborado por el ministro Irving Espinosa Betanzo, será discutido el próximo 6 de abril. La propuesta surge tras la omisión del Poder Ejecutivo Federal para modificar o derogar la porción normativa que ya había sido declarada inconstitucional por la Corte hace casi tres años.
El origen del conflicto: El caso Clara Liga Hernández
La batalla legal tiene su antecedente en un amparo concedido a la ciudadana Clara Liga Hernández. En aquel momento, la Segunda Sala de la Corte determinó que el artículo 12, fracción II, inciso c) del Reglamento para el Otorgamiento de Pensiones del ISSSTE vulneraba la Constitución.
A pesar de que se otorgó un plazo al Gobierno Federal (del 3 de septiembre al 1 de diciembre de 2025) para subsanar este vicio normativo, la regla permaneció vigente. Ante esta inacción, se promovió una declaratoria general de inconstitucionalidad, herramienta que permite a la Corte eliminar leyes que violen derechos fundamentales de forma sistemática.
Salario y Pensión: Derechos con orígenes distintos
El argumento central del ministro Espinosa Betanzo radica en que el salario y la pensión por viudez no son excluyentes, ya que poseen naturalezas y financiamientos diversos:
– Pensión por viudez: Es un derecho gestado por el trabajador fallecido mediante sus aportaciones a lo largo de su vida productiva, diseñado para garantizar la subsistencia y tranquilidad de su pareja tras su muerte.
– Salario: Es la contraprestación directa por el trabajo que el sobreviviente desempeña actualmente para el Gobierno Federal.
” “El Tribunal Pleno considera que la norma es inconstitucional pues vulnera el artículo 123 de la Constitución al prever que la pensión es incompatible con trabajos remunerados”, detalla el proyecto.
Impacto en la calidad de vida de los beneficiarios
De aprobarse el proyecto, los beneficiarios del ISSSTE ya no tendrán que elegir entre conservar su empleo o recibir la pensión de su pareja fallecida. La resolución subraya que el sobreviviente tiene derecho a conjugar ambos ingresos para mejorar su nivel de vida, respetando así la finalidad de las aportaciones que el trabajador fallecido realizó durante años.
Esta medida no solo busca justicia para el caso individual, sino que sentará un precedente obligatorio para que el ISSSTE deje de aplicar esta restricción a miles de trabajadores y pensionados en todo el país, garantizando que la muerte de un trabajador no signifique un castigo financiero para su pareja supérstite.