El IEE en Baja California Sur aprobó el tope máximo de gastos de precampaña y campaña para el proceso electoral 2026-2027
La Paz, Baja California Sur (BCS). El Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Baja California Sur (IEE BCS) aprobó los proyectos de acuerdo por los que se determinan los topes máximos de gastos de precampaña para partidos políticos; topes para campañas de Gubernatura, Ayuntamiento y Diputaciones.
De igual forma, se aprobaron los porcentajes, cifras y topes presupuestales para quienes busquen recabar el apoyo ciudadano como candidaturas independientes.
En ese sentido, se detalló que, para las precampañas de los partidos políticos, tanto de candidaturas a gubernatura, ayuntamientos, como para diputaciones de mayoría relativa, el límite representa el 20 % del tope de gastos de campaña inmediato anterior.
Mientras que, el tope máximo para las campañas se determina mediante una fórmula que considera el tamaño del patrón electoral al corte más reciente (31 de julio de 2026), multiplicado por el 35 % del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
En el caso de la gubernatura, el tope de gastos de precampaña 2026-2027 será de 3’329,408 pesos; mientras que, el tope de campaña para el proceso electoral 2026-2027 será de 26’985,781 pesos.
Los montos para precampañas y campañas para el ayuntamiento de La Paz abarcan cifras de 1.6 y 9.8 millones de pesos, respectivamente; en tanto que, para Los Cabos, se indicó que se tendrán topes de gastos de 1.8 y 12.2 millones de pesos.
Para el ayuntamiento de Comondú se tendrá un tope de monto de precampaña de 418,530 pesos y tope de gastos para la campaña de 2.4 millones de pesos. En el caso de Loreto, se establecieron cuotas de 96,860 pesos y 575,579 pesos, respectivamente.
En tanto que, para el Ayuntamiento de Mulegé, se aborda un tope de 322,839 pesos como tope de gastos de precampaña y 1.8 millones de pesos en los gastos de campaña.
Por otro lado, se estableció que, para la candidatura independiente a la Gubernatura del Estado, el apoyo ciudadano debe cubrir al menos 2.51 % de la votación válida emitida en la elección anterior. Las firmas deben provenir de por lo menos 9 distritos, donde se sume al menos el 1 % de la lista nominal de cada uno.
El apoyo ciudadano para las candidaturas independientes para Ayuntamientos y diputaciones al Congreso del Estado por el principio de mayoría relativa, corresponde al 5 % de la votación válida emitida en la elección anterior.