El Comité Olímpico Internacional (COI) ha anunciado una nueva política que excluye a las mujeres transgénero de las pruebas femeninas en los Juegos Olímpicos, una medida que entrará en vigor de cara a Los Ángeles 2028.
La decisión, aprobada este jueves 26 de marzo, establece que la participación en la categoría femenina quedará limitada a mujeres biológicas, criterio que será determinado mediante una prueba genética obligatoria del gen SRY, aplicada una sola vez en la carrera de cada atleta.
UNA NUEVA REGLA QUE CAMBIA EL PANORAMA OLÍMPICO
El COI puntualizó en un comunicado que la medida busca “proteger la equidad, la seguridad y la integridad” en la competencia.
“La política explica que, para todas las disciplinas del programa deportivo de un evento del COI, incluidos los Juegos Olímpicos, y tanto para los deportes individuales como para los de equipo, la elegibilidad para cualquier categoría femenina se limita a las mujeres biológicas”, detalló.
La política no será retroactiva ni aplicará a deportes recreativos, pero sí marcará un antes y un después en el deporte de alto rendimiento.
Hasta ahora, no está claro cuántas atletas transgénero compiten a nivel olímpico. Un caso emblemático fue el de la halterófila neozelandesa Laurel Hubbard, quien participó en Juegos Olímpicos de Tokio 2020 sin obtener medalla.
TAMBIÉN IMPACTA A ATLETAS CON DIFERENCIAS SEXUALES
La normativa también alcanza a deportistas con diferencias/trastornos en el desarrollo sexual (DSD), como la sudafricana Caster Semenya, doble campeona olímpica. Según el COI, quienes presenten un resultado positivo en la prueba SRY —incluyendo atletas XY o con DSD— no podrán competir en la categoría femenina, aunque sí podrán hacerlo en categorías masculinas, abiertas o mixtas.
“El COI considera que la presencia del gen SRY es permanente y constituye una prueba altamente precisa de que un atleta ha experimentado el desarrollo sexual masculino”, señaló. “Las atletas que den negativo en la prueba del gen SRY cumplen de forma permanente con los criterios de elegibilidad de esta política para competir en la categoría femenina”.
ARGUMENTOS: TESTOSTERONA Y VENTAJA FÍSICA
El organismo olímpico respalda su decisión en estudios que señalan que nacer con sexo masculino otorga ventajas físicas en fuerza, potencia y resistencia, derivadas de picos de testosterona desde etapas tempranas de la vida.
De acuerdo con el documento oficial, estas diferencias pueden representar:
- Entre 10% y 12% en pruebas de carrera y natación
- Más del 20% en disciplinas de salto y lanzamiento
- Incluso superiores al 100% en deportes de potencia explosiva
El COI sostiene que la prueba del gen SRY —detectable mediante saliva, sangre o hisopo bucal— es actualmente “el método más preciso y menos intrusivo” para determinar la elegibilidad.
“Como exatleta, creo firmemente en el derecho de todos los atletas olímpicos a participar en una competición justa. La política que hemos anunciado se basa en la ciencia y ha sido elaborada por expertos médicos”, argumentó Kirsty Coventry, presidenta del COI.
“En los Juegos Olímpicos, incluso los márgenes más pequeños pueden marcar la diferencia entre la victoria y la derrota. Por lo tanto, es absolutamente evidente que no sería justo que hombres biológicos compitieran en la categoría femenina”.
Con información del Comité Olímpico Internacional
